DIRECCION
Calle Cartagena, 54 - 1º
30880 Águilas
Murcia (Murcia (Región de))
Teléfono 968 41 08 40
Fax 968 44 81 61
INSTALACIONES
- Ayudas técnicas
- Baño geriátrico
- Biblioteca
- Capilla
- Enfermería
- Gimnasio
- Jardín
- Sala de televisión / estar
DESCRIPCION
Residencia gestionada por la Asociación para Residencias de Pensionistas Ferroviarios (ARPF). Cuenta con un total de doscientas y un plazas. Las habitaciones están dotadas con:
- Terraza
- Calefacción
- Timbre de llamada / interfono
- Cuarto de baño
- Suelo antideslizante en baño
- Oxígeno
La residencia ofrece los siguiente servicios:
- Atención religiosa
- ATS/DUE propio
- Diarios y revistas
- Excursiones
- Fiestas o baile
- Fisioterapia
- Peluquería
- Servicio médico propio
- Servicio psicológico propio
- Terapia ocupacional
ARPF.
Asociación sin ánimo de lucro, cuyo objetivo es facilitar la estancia en sus Residencias y Apartamentos Tutelados, de forma permanente o temporal, a sus Asociados que así lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos en los Estatutos y Reglamentos por los que se rige.
Podrán solicitar su pertenencia a la Asociación:
1. Trabajadores en activo o jubilados de cualquier compañía ferroviaria (Adif, Renfe Operadora, Metro,... etc.), o subsidiaria, así como sus familiares en cualquier grado.
2. Trabajadores de la propia Asociación así como de los siguientes colectivos: del Colegio de Huérfanos de Ferroviarios, de la Asociación Médico Farmacéutica, de la Asociación de Obreros y Empleados de los Ferrocarriles, y de la Fundación de los Ferrocarriles.
3. De forma transitoria, personas sin límite de edad no incluidos en los apartados anteriores.
- Requisitos y documentación necesaria para la ocupación de plazas en cualquiera de las Residencias:
1.1 - Estar jubilado o prejubilado con una edad mínima de 55 años, así como tener la antigüedad requerida: Válidos 5 años, Asistidos 10 años.
1.2 - Fotocopia del D.N.I., Tarjeta Sanitaria y póliza de decesos o en su lugar depósito en metálico que cubra los gastos del sepelio.
1.3 - Certificado de la pensión/es que se preciben.
1.4 - Certificado médico en el que conste expresamente el no padecer enfermedades infectocontagiosas o mentales y capacidad para valerse por sí mismo (en caso de válidos), tanto para residentes como para usuarios de los apartamentos tutelados.
1.5 - Historial médico detallado y, en caso de residentes asistidos, certificado detallando el grado o nivel de asistencia necesaria.
1.6 - Contrato de Admisión formalizado entre Residente y Asociación, garantizando tanto los derechos como las obligaciones de ambas partes.
1.7 - Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España durante al menos cinco años (Ley de Dependencia).
1.8 - Los residentes abonarán por domiciliación bancaria, mensualmente y por anticipado, los gastos por estancia establecidos anualmente por el Consejo de Administración.
2. - Requisitos para el disfrute de Estancias Temporales en las plazas de Residencias, La Pinada o Módulo III:
2.1 - Ser socio con cualquier antigüedad.
2.2 - No padecer enfermedad infectocontagiosa ni mental y estar en condición de válido.
2.3 - En caso de matrimonio o pareja de hecho, se deberá presentar documentación que acredite dicha situación.
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